Tener un hijo peruano no te da papeles solo
Tu hijo, por haber nacido aquí, es peruano y tiene su DNI. Tú no: sigues siendo extranjero. Lo que te da tu hijo es el vínculo para pedir una residencia, pero esa residencia hay que pedirla12.

La calidad que te corresponde se llama familiar residente. Con un familiar peruano dura hasta 2 años, se prorroga por el mismo tiempo y te deja trabajar de forma dependiente o independiente1.
Si ya estás en el Perú con residencia
Si tienes un carné de extranjería con otra calidad (por ejemplo, la especial que vino del CPP), lo que corresponde es un cambio de calidad migratoria a familiar residente. Según Migraciones1:
- Dónde: en línea, por la Agencia Digital de Migraciones. Tienes que estar en el Perú al presentarla.
- Arancel: S/ 161.40, con el código 07568 en el Banco de la Nación.
- Plazo: 30 días hábiles. La respuesta llega a tu buzón electrónico.
- Tu hijo: tiene que tener su DNI vigente.
- Tú: copia de tu pasaporte vigente, no tener antecedentes y, si eres mayor de edad, la ficha de Interpol.

Lo que más traba el trámite
- Que no figures en la partida de tu hijo como padre o madre. Sin eso, no hay vínculo que probar.
- El pasaporte vencido. Para este trámite necesitas tu pasaporte vigente. Si está vencido, renuévalo antes de presentar la solicitud.
- El buzón electrónico: si no entras al correo que registraste, no vas a ver si te observan algo.
Si estás irregular
Aquí no hay una sola respuesta: depende de cómo entraste al Perú, de si tienes pasaporte, de tu salud y de si Migraciones ya te notificó algo. Las puertas que más se ven son estas:
Si tienes un informe que pruebe pobreza o pobreza extrema (por ejemplo, un estudio socioeconómico de la municipalidad) o una enfermedad. Dura un año y, antes de que venza, se pasa a familiar residente sin salir del país3. Solo por tener un hijo peruano no sale.
Se pide estando fuera del Perú; con la visa estampada entras y sacas tu carné. Salir del país es tu decisión: salir sin pasar por control migratorio es irregular y tiene riesgos, y no lo recomendamos.
Solo si de verdad tienes un temor fundado de volver a tu país. No es un atajo para tener papeles.

Si Migraciones ya te notificó un procedimiento sancionador, lo primero es responder dentro del plazo que dice la notificación. Ese caso se ve en una asesoría especializada.
¿Y la multa? Hoy, por un vacío legal, Migraciones no está cobrando las multas por permanencia vencida, pero siguen en la ley y pueden volver a cobrarse4. Lo mejor es regularizarte cuanto antes.
¿No sabes cuál es tu caso?Lo vemos en una asesoría →
Con tu carné de familiar: ¿qué viene después?

- Prórroga: cada 2 años, mientras se mantenga el vínculo.
- Residencia permanente: después de 3 años como familiar se puede pedir la permanente, que ya no se prorroga.
- Nacionalidad: la familiar sí permite pedir la naturalización, pero si tu vínculo es por tu hijo, tienes que demostrar ingresos propios declarados (10 UIT al año)5.
Te lo contamos en video
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Algunos videos pueden ser antiguos y por lo tanto la información puede que esté desactualizada.
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Qué dice la norma
- Quién forma la familia (DL 1350, art. 38). La unidad migratoria familiar incluye a los padres del peruano2.
- Cambio a familiar residente (Migraciones). Estar en el país, no tener antecedentes y tener un vínculo comprobado con un peruano; el familiar peruano debe tener DNI vigente. S/ 161.40, en línea, 30 días hábiles; permanencia de hasta 2 años con familiar peruano1.
- Vulnerabilidad (Reglamento, arts. 219 y 227). Migraciones puede otorgar la calidad especial a personas en situación de vulnerabilidad, que tiene que acreditarse3.
Cómo te asesoramos
En la asesoría revisamos tu calidad migratoria actual, cómo entraste y los documentos de tu hijo, y te decimos qué camino te conviene y en qué orden. Tú presentas tu trámite; Migraciones evalúa y decide.
Preguntas frecuentes
¿Tener un hijo peruano me hace peruano?
No. Tu hijo es peruano por haber nacido aquí, pero tú sigues siendo extranjero. Lo que te da es el vínculo para pedir la residencia de familiar.
¿Qué residencia me corresponde por mi hijo peruano?
La calidad migratoria de familiar residente. Con un familiar peruano dura hasta 2 años y se prorroga.
¿Cuánto cuesta y cuánto demora el cambio a familiar residente?
El arancel de Migraciones es de S/ 161.40 y el plazo es de 30 días hábiles. Se hace en línea.
Estoy irregular y tengo un hijo peruano, ¿puedo sacar el carné?
Depende de cómo entraste y de tu caso. Hay vías como la vulnerabilidad (con un informe que la pruebe) o la visa familiar; se ve caso por caso.
¿Puedo trabajar con la residencia de familiar?
Sí. Te permite trabajar de forma dependiente o independiente.
¿Ustedes me sacan el carné?
No. Te asesoramos para que presentes el trámite correcto. Migraciones evalúa y decide.
Personas que ya lo hicieron
“Son sumamente responsables, atentos a cada detalle del trámite desde el día uno de la asesoría.”
Marlyn C.“Excelente atención de la asesora Francis Bazán. Muy amable, paciente y profesional. Me acompañó durante el proceso.”
Eglee S.“Nuestro trámite no es el tradicional: nos mudamos de EE. UU. a Perú. Ellos analizaron el caso y lograron obtener los documentos que nos faltaban.”
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Fuentes
- Migraciones, «Solicitar cambio de calidad migratoria por la de familiar residente» (condiciones, S/ 161.40 con el código 07568, 30 días hábiles, 2 años con familiar peruano). gob.pe/12932 · consultado el 5-nov-2026.
- Decreto Legislativo N.° 1350, Ley de Migraciones, y su Reglamento (DS 007-2017-IN y modificatorias). gob.pe · Migraciones.
- Reglamento del DL 1350 (DS 007-2017-IN), arts. 219 (medidas especiales) y 227 (supuestos de vulnerabilidad).
- Reglamento del DL 1350, art. 190, modificado por el DS 003-2023-IN (multas). Busquedas El Peruano · consultado el 2-nov-2026.
- Migraciones, «Solicitar la nacionalidad peruana por naturalización» (2 años consecutivos, 10 UIT, ficha de Interpol, S/ 301.50, examen). gob.pe/12580 · consultado el 5-nov-2026.
Este artículo es informativo y no reemplaza la evaluación de tu caso. Responde a una de las preguntas que más nos hacen por WhatsApp. Agencia Consultora La Llama asesora: no forma parte de ningún Estado ni decide solicitudes; Migraciones evalúa y decide sobre cada calidad migratoria.

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