¿Cuánto debe demorar?
La prórroga es el permiso para seguir un año más con la misma calidad migratoria (dos años si eres familiar de un peruano). No es un carné nuevo: el plástico se renueva aparte13.
- Plazo de Migraciones: 5 días hábiles, según su TUPA. Es igual en la prórroga especial, la de familiar, la de trabajador y la de formación1.
- Arancel: S/ 20.20, con el código de pago 07566 en el Banco de la Nación o en Págalo.pe1.
- Dónde se pide: en línea, en la Agencia Digital de Migraciones, o en una Jefatura Zonal1.
- Cuándo se pide: 30 días antes de que venza tu residencia, y siempre estando en el Perú1.
En la práctica, muchas veces Migraciones se pasa de esos 5 días. Que no te respondan a tiempo no significa que tu prórroga esté mal ni que te la vayan a negar.
¿Cómo veo en qué va mi trámite?
Entra a la Agencia Digital de Migraciones con tu usuario y busca el estado de trámite. Te puedes encontrar con dos pantallas:


- Pendiente o En proceso: Migraciones todavía la está evaluando. Aún no hay respuesta.
- Atendido: ya hay una respuesta. Búscala en tu buzón electrónico.
Ojo: la misma pantalla avisa que si la traduces con el navegador, puede cambiar el orden de la fecha y el estado del trámite. Mírala en español.
La respuesta llega a tu buzón
Migraciones no te llama ni te escribe por WhatsApp: la respuesta llega al buzón electrónico de Migraciones, y te avisa al correo que registraste. Muchas veces la persona dice «no me responden» y la respuesta ya estaba en su buzón.

- Si dice «aprobado»: anota la nueva fecha de vencimiento. La próxima prórroga se pide 30 días antes.
- Si te piden algo (está observada): tienes que responder lo que te piden dentro del plazo que te dan. Ahí no sirve esperar: hay que subsanar.
- Si ya no entras al correo registrado: no vas a ver los avisos. Se puede pedir el cambio de correo del buzón.
¿No entiendes lo que te notificaron?Lo revisamos en una asesoría →
¿Y si se me vence la residencia mientras espero?
Si pediste la prórroga antes de la fecha de vencimiento, la norma te protege: tu plazo de residencia se suspende automáticamente y sigues con los beneficios de tu calidad migratoria hasta el día siguiente útil en que conoces la respuesta2.
- Guarda la constancia de tu solicitud. Bancos o empleadores pueden pedirte el carné vigente, y con ella demuestras que tu trámite está en curso.
- Viajar fuera del Perú: la suspensión no incluye el permiso especial para viajar2. Mientras tu prórroga está en trámite, existe una autorización para estar fuera hasta 30 días, y se pide cada vez que vas a salir4.
- Si te la niegan: Migraciones emite una orden de salida2. Por eso conviene revisar bien los requisitos de tu calidad antes de pedirla.
Si no la pediste a tiempo, la situación es otra: no pedir la prórroga es una infracción. Hoy, por un vacío legal, Migraciones no está cobrando esas multas, pero siguen en la ley2. Lo mejor es regularizarte cuanto antes.
Pasaron los 5 días: ¿qué puedo hacer?
El TUPA dice que, si vence el plazo y no hay respuesta, aplica el silencio administrativo negativo: puedes presentar los recursos administrativos que te permite la ley1. En la práctica, el camino suele ser así:
Que de verdad no haya respuesta ni una observación. Si te observaron, lo que toca es subsanar.
Se pide a Migraciones que responda tu trámite. Ojo: no acelera la evaluación ni garantiza que te la aprueben. Lo firmas tú.
Después de unos 7 a 15 días, una cita de informes y, si hace falta, una queja formal ante Migraciones.
Nadie puede prometerte una fecha de respuesta: Migraciones decide sobre tu prórroga.
Qué dice la norma
- Plazo y silencio (TUPA de Migraciones). Las prórrogas de calidad migratoria residente tienen un plazo de atención de 5 días hábiles, con evaluación previa y silencio administrativo negativo: «si vencido el plazo de atención, no obtiene respuesta, puede interponer los recursos administrativos»1.
- Suspensión automática (Reglamento, art. 60). Si presentaste la prórroga antes de que venza tu calidad migratoria, el plazo se suspende automáticamente y conservas sus beneficios, salvo el permiso especial para viajar, hasta el día siguiente útil en que conoces la decisión2.
- Requisitos generales (Reglamento, art. 59). Para pedir la prórroga tienes que haber cumplido tus deberes migratorios (o pagado la multa, si corresponde) y, si eres residente, tener tu carné de extranjería2.
- Si la niegan (Reglamento, art. 61). Migraciones emite una orden de salida2.
Cómo te asesoramos
En la asesoría revisamos contigo el estado de tu trámite y tu buzón: si de verdad Migraciones no respondió, si te observaron algo o si ya te aprobaron. Te decimos qué te conviene presentar y en qué orden. La decisión siempre es de Migraciones.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto demora la prórroga de residencia en Migraciones?
Según el TUPA, 5 días hábiles. En la práctica muchas veces demora más, y eso no significa que te la vayan a negar.
¿Dónde veo si me aprobaron la prórroga?
En la Agencia Digital de Migraciones (estado de trámite) y en tu buzón electrónico, que es donde llega la notificación.
Se me venció el carné y mi prórroga sigue en trámite, ¿estoy ilegal?
Si la pediste antes del vencimiento, no: tu plazo se suspende automáticamente hasta que conozcas la respuesta. Guarda la constancia de tu solicitud.
¿Puedo viajar mientras espero la prórroga?
Existe una autorización para estar fuera del Perú hasta 30 días mientras el trámite sigue. Se pide cada vez que vas a salir.
Pasaron más de 5 días y no me responden, ¿qué hago?
Primero revisa tu buzón por si te observaron algo. Si de verdad no hay respuesta, puedes presentar un escrito para que Migraciones responda.
¿Ustedes hacen que Migraciones me apruebe más rápido?
No. Te asesoramos para que presentes lo correcto y en el orden correcto. La decisión y el tiempo de respuesta son de Migraciones.
Personas que ya lo hicieron
“Me explicaron todo clarito, me ayudaron mucho con mis dudas sobre trámites de migración y residencia. Se nota que saben lo que hacen.”
Fiorelys O.“Son sumamente responsables, atentos a cada detalle del trámite desde el día uno de la asesoría.”
Marlyn C.“Nuestro trámite no es el tradicional: nos mudamos de EE. UU. a Perú. Ellos analizaron el caso y lograron obtener los documentos que nos faltaban.”
Gino C.También te puede servir
Fuentes
- Migraciones, Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), procedimientos de prórroga de calidad migratoria residente (especial, familiar, trabajador, formación): 5 días hábiles, evaluación previa con silencio administrativo negativo, derecho de trámite S/ 20.20, código de pago 07566. Atención virtual: agenciavirtual.migraciones.gob.pe · consultado el 4-nov-2026.
- Reglamento del Decreto Legislativo 1350, Decreto Supremo 007-2017-IN (texto consolidado de Migraciones), arts. 59, 60, 61 y 190 · consultado el 4-nov-2026.
- Notificación de Migraciones de una prórroga de residencia aprobada (mayo de 2026): «La prórroga de residencia se efectúa anualmente y en el caso de familiar de residente peruano(a) cada dos años».
- Migraciones, TUPA, «Autorización de estadía fuera del país por treinta (30) días para quienes se encuentren realizando un trámite de cambio o prórroga de calidad migratoria» (código PA35008202) · consultado el 4-nov-2026.
Este artículo es informativo y no reemplaza la evaluación de tu caso. Responde a una de las preguntas que más nos hacen por WhatsApp. Agencia Consultora La Llama asesora: no forma parte de ningún Estado ni decide solicitudes; Migraciones evalúa y decide sobre cada prórroga.
